Regl. 5497, art. 10
Reglamento de la Junta de Subastas
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Cite as Reglamento Núm. 5497, Art. 10
Reuniones:
1. Las reuniones de la Junta de Subastas serán
extraordinarias:
a. Se celebrará en la fecha, hora y sitio que se
designe para evaluar ofertas recibidas mediante
subastas para la adquisición de bienes y servicios y determinar a quién se le adjudicará la
buena pro de las mismas.
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b. La convocatoria a las reuniones se hará
mediante teléfono y memorando y la misma deberá
ser confirmada.