Regl. 5497, art. 10

Reglamento de la Junta de Subastas

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Cite as Reglamento Núm. 5497, Art. 10

Reuniones: 1. Las reuniones de la Junta de Subastas serán extraordinarias: a. Se celebrará en la fecha, hora y sitio que se designe para evaluar ofertas recibidas mediante subastas para la adquisición de bienes y servicios y determinar a quién se le adjudicará la buena pro de las mismas. 4 b. La convocatoria a las reuniones se hará mediante teléfono y memorando y la misma deberá ser confirmada.
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