Regl. 5497, art. 18

Reglamento de la Junta de Subastas

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Cite as Reglamento Núm. 5497, Art. 18

Vigencia 8 Núm. 5497 23 de Fecha october de1996 9:36A Aprobado Norma E. Burgos Por: BANCO DE LA VIVIENDA HATO REY, PUERTO RICO REGLAMENTO DE LA JUNTA DE SUBASTAS BASE LEGAL Se emite este Reglamento en virtud de las disposiciones de la Ley Núm. 146 del 30 de junio de 1961, que creó el Banco de la Vivienda y la Ley Núm. 97 del 10 de junio de 1972, conocida como la Ley Orgánica del Departamento de la Vivienda, la cual adscribió al Banco al Departamento y lo convirtió en una Corporación Pública que funciona como organismo independiente en cuanto a fondos y procesos administrativos; teniendo el Secretario de la Vivienda los poderes de la Junta de Directores.
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