Regl. 5497, art. 6

Reglamento de la Junta de Subastas

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Cite as Reglamento Núm. 5497, Art. 6

Composición: 1. La Junta de Subastas estará compuesta por tres (3) miembros en propiedad y uno (1) alterno, todos con voz y voto. Serán designados por el (la) Presidente (a) del Banco. 2. El miembro alterno actuará solo en ausencia de uno de los miembros en propiedad. Cuando éste participe en una subasta cuya consideración requiera de más de una reunión de la Junta, se mantendrá hasta la decisión final. 3. Ninguno de los miembros, ya sean en propiedad o alternos, podrán llevar a cabo funciones relacionadas directa e indirectamente con las gestiones de adquisición o venta ni podrán tener relación alguna con la política pública de compras de bienes y servicios para el Banco. 4. Las decisiones de la Junta se tomarán por mayoría de dos (2) miembros.
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