Regl. 5497, art. 7
Reglamento de la Junta de Subastas
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Cite as Reglamento Núm. 5497, Art. 7
Funcionarios: La Junta tendrá los siguientes funcionarios
administrativos: un (a) Secretario (a) y un (a) Secretario
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Alterno (a) designados por el (la) Presidente (a) del Banco.
Estos no contarán para quorum ni tendrán derecho a
participar en las deliberaciones de la Junta ni a votar.