Regl. 1053, art. III-2
Se celebrarán exámenes para corredores y ajustadores el último
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viernes de cada mes O si dicho viernes fuese dÃa festivo el dÃa anterior. Los
examenes para agentes y solicitadores se celebrarán el último sábado de enero,
marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre; disponiéndose que el Comisionado
podrá, por justa causa y mediante aviso oportuno, cambiar la fecha de estos
examenes. Los aspirantes a licencias serán notificados por escrito de la fecha,
hora y sitio del examen. En cualquier caso, solamente se citará a examen a
aquellos aspirantes a licencia que lo hayan solicitado formalmente, recibiéndose
dicha solicitud en la Oficina del Comisionado con por lo menos dos semanas de
anticipación a la fecha en que se celebre el examen, y que de otro modo califiquen
para la licencia que solicitan. Si la solicitud no se recibe quince dÃas antes
del examen, se citará al aspirante para el examen subsiguiente.