Regl. 2268, art. 4

= Requisitos para la Obtención de Licencia

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Cite as Reglamento Núm. 2268, Art. 4

Para obtener una licencia regular o provisional se radicará una solicitud bajo juramento, en los formularios que provee el Departamento, haciendo constar que cumple con los requisitos de Las Leyes y de este Reglamento según se exponen más adelante. Esta solicitud se radicará en triplicado en el Departamento con anticipación a la radicación de cualquier documento relacionado con el desarrollo o proyecto de urbanización sean preliminares o no, que se radiquen ante cualquier organismo gubernamental en Puerto Rico. La solicitud de licencia regular o provisional contendrá la siguiente información, además de los detalles que sobre la misma se incluyen en los formularios del Departamento de Asuntos del Consumidor: 1. En caso de que un solicitante no sea un ingemiero O arquitecto autorizado con licencia de Puerto Rico, deberá acreditar en su solicitud que tiene los servicios de un ingeniero 0 arquitecto licenciado por la Junta Examinadora de: Ingenieros y Arquitectos de Puerto Rico y dar su nombre y número de licencia como ingeniero. 7 2. Nombre, teléfono de oficina y residencial y direcciones de oficina, postal y de residencia del solicitante; nombre, título, teléfonos de oficina y residencial y direcciones de oficina, postal y de residencia de todos los socios gestores de la firma, si se trata de una sociedad, nombre, título, teléfonos de residencia y de oficina y direcciones de oficina, postal y de residencia de todos los directores, funcionarios y del agente residente, si se tratase de una corporación, la dirección de la oficina principal de ésta e informar a qué otra corporación pertenecen los directores y funcionarios. Se notificará al Secretario del Departamento de cualquier cambio en las direcciones antes mencionadas por correo certificado dentro de los cinco (5) días siguientes de tener lugar. 3. Fechas y lugar de la Escritura de Constitución de la Sociedad o del Certificado de Incorporación. Si es una corporación, deberá informar bajo qué leyes está organizada. 4. Proyectos de urbanización y/o construcción que realiza, y/o se propone realizar, de conocerse este último hecho. 5. Evidencia de que el solicitante tiene los conocimientos técnicos necesarios para los proyectos que realiza O se propone realizar. Hará constar el número, clase y tipo de proyectos construídos con anterioridad a la fecha de su solicitud y el valor de los mismos. 6. Equipo, materiales y personal necesarios que demuestren que el solicitante tiene una organización capaz de proveer servicios posteriores a la entrega de la urbanización o la construcción en proporción a la magnitud del proyecto. 7. Relación comercial (subsidiaria, holding company, afiliada, u otra) de otras empresas en relación con la suya cuando sean empresas financieras o dedicadas a la compraventa de tierra, construcción, administración de propiedades, venta de propiedades, representantes de equipo para la construcción u otras; sus nombres y activos que posea en ellas 0 por ellas. 8. Participación de otras firmas en el capital del solicitante y cuáles son estas firmas. 9. La solicitud vendrá acompañada de lo siguiente: 2) copia certificada de la Escritura de Constitución de Sociedad 0 Certificado de Incorporación. b) Estado de Ganancias y Pérdidas a la terminación del año debidamente certificado por un Contador Público Autorizado. c) Estado de Situación a la terminación del año, debidamente certificado por un Contador Público Autorizado. 8 d) Cheque Certificado o Giro Postal a nombre del Secretario de Hacienda de Puerto Rico por la cantidad de setenta y cinco dólares ($75.00) en caso de licencia regular y de cincuenta dólares ($50.00) en caso de licencia provisonal. 10. Una certificación de que tiene conocimiento de las disposiciones de las Leyes y de este Reglamento. 11. El Secretario podrá, cuando lo considere necesario para proteger el interés de los consumidores, exigir la prestación de una fianza de fidelidad sobre las cantidades de dinero que vayan a ser depositadas en cuentas de reserva C depósito (escrow accounts). 12. Si la solicitud de licencia, debidamente cumplimentada y acompañada de todos los documentos necesarios no fuere rechazada en sesenta (60) días laborables desde su radicación, se entenderá aceptada y el urbanizador podrá proceder como si se le hubiese extendido la licencia solicitada.
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