Regl. 2282, art. V

Reglamento del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para la Honra Funebres Oficiales para Hombres Públicos y Ciudadanos Eminentes.

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Cite as Reglamento Núm. 2282, Art. V

Uso del Capitolio Estatal A- E1 Secretario de Estado coordinará con los Presidentes de las Cámaras Legislativas la exposición de los restos mortales en capilla ardiente en el Capitolio Estatal. B- E1 homenaje póstumo en el Capitolio se regirá por las normas administrativas establecidas para estos casos por ambos Presidentes de las Cámaras Legislativas. -3-
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