Regl. 2282, art. V
Reglamento del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para la Honra Funebres Oficiales para Hombres Públicos y Ciudadanos Eminentes.
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Cite as Reglamento Núm. 2282, Art. V
Uso del Capitolio Estatal
A- E1 Secretario de Estado coordinará con los Presidentes de las
Cámaras Legislativas la exposición de los restos mortales en
capilla ardiente en el Capitolio Estatal.
B- E1 homenaje póstumo en el Capitolio se regirá por las normas
administrativas establecidas para estos casos por ambos Presidentes
de las Cámaras Legislativas.
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