Regl. 5516, art. 3-VI
Rotulación
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Cite as Reglamento Núm. 5516, Art. 3-VI
"A. Requisitos de Rotulación para Gandures Enlatados
1.
a.
b.
-4-
C.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j. Cuando el gandur ha sido importado para ser
enlatado en Puerto Rico para exportación, la
siguiente frase en letras no menores de ¹/₆ de
pulgada de alto:
"Gandures Importados Enlatados
en Puerto Rico Para Exportación"
k. Nombre y dirección del elaborador y del
importador, en el caso de gandures
importados. El nombre del importador deberá
estar precedido de la palabra o frase
"IMPORTADOR", o "IMPORTADOS POR", o
"EMPACADOS PARA".
1. La palabra "IMPORTADOS" en letras no menores
de 1/4 de pulgada de alto, en los casos de
gandures enlatados importados.
1
2
3
4
5
6
7
8
Seción 4. Se enmienda el inciso A del ArtÃculo VII del susodicho
reglamento de gandures para que lea como sigue: