Regl. 5516, art. 3-VI

Rotulación

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Cite as Reglamento Núm. 5516, Art. 3-VI

"A. Requisitos de Rotulación para Gandures Enlatados 1. a. b. -4- C. d. e. f. g. h. i. j. Cuando el gandur ha sido importado para ser enlatado en Puerto Rico para exportación, la siguiente frase en letras no menores de ¹/₆ de pulgada de alto: "Gandures Importados Enlatados en Puerto Rico Para Exportación" k. Nombre y dirección del elaborador y del importador, en el caso de gandures importados. El nombre del importador deberá estar precedido de la palabra o frase "IMPORTADOR", o "IMPORTADOS POR", o "EMPACADOS PARA". 1. La palabra "IMPORTADOS" en letras no menores de 1/4 de pulgada de alto, en los casos de gandures enlatados importados. 1 2 3 4 5 6 7 8 Seción 4. Se enmienda el inciso A del Artículo VII del susodicho reglamento de gandures para que lea como sigue:
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