Regl. 5532, art. 4

Autoriza la declaración de cuentas incobrables y cancelación y liquidación de deudas de contribución sobre la propiedad existente a favor de los municipios.

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Cite as Reglamento Núm. 5532, Art. 4

INTERPRETACION Y APLICABILIDAD Este Reglamento es aplicable al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales y a cualquier contribuyente de cualquier municipio de la Isla de Puerto Rico, incluyendo Vieques y Culebra, y a los que en lo sucesivo fueren creados de acuerdo con las disposiciones de la Constitución de Puerto Rico, que tengan deudas de propiedad Mueble y/o Inmueble con un tiempo de vencimiento de más de diez (10) años.
Regl. 5532, art. 4: Autoriza la declaración de cuentas incobrables y cancelación y liquidación de deudas de contribución sobre la propiedad existente a favor de los municipios. | Justis AI