Regl. 5537, art. III dup2

Deberes de los miembros:

Length: 104 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5537, Art. III dup2

Será deber de cada uno de los miembros de la Junta: 1. Velar por el fiel cumplimiento de las leyes y de los reglamentos por los que se rige la Junta, y cooperar con sus fines. 2. Asistir a todas las reuniones de la Junta con puntualidad y participar en sus deliberaciones. 3. Desempeñar y realizar diligentemente todas aquellas encomiendas y responsabilidades que le sean asignadas por el Presidente O por la Junta en pleno. 4. Participar en la elaboración y administración de los exámenes de reválida. 5. Utilizar criterios objetivos en la deliberación de los asuntos que sean sometidos a su consideración. 6
Regl. 5537, art. III dup2: Deberes de los miembros: | Justis AI