Regl. 5537, art. III dup2
Deberes de los miembros:
Length: 104 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5537, Art. III dup2
Será deber de cada uno de los miembros de la Junta:
1. Velar por el fiel cumplimiento de las leyes y de los
reglamentos por los que se rige la Junta, y cooperar con sus fines.
2. Asistir a todas las reuniones de la Junta con
puntualidad y participar en sus deliberaciones.
3. Desempeñar y realizar diligentemente todas aquellas
encomiendas y responsabilidades que le sean asignadas por el
Presidente O por la Junta en pleno.
4. Participar en la elaboración y administración de los
exámenes de reválida.
5. Utilizar criterios objetivos en la deliberación de los
asuntos que sean sometidos a su consideración.
6