Regl. 5537, art. III dup3
Solicitudes de licencias y exámenes:
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Cite as Reglamento Núm. 5537, Art. III dup3
1. Las solicitudes de licencias y exámenes deberán ser
radicadas en la Junta no más tarde de treinta (30) días antes de la
fecha designada para la celebración del examen de reválida.
2. Para completar su solicitud el candidato someterá los
siguientes documentos:
a. Solicitud de examen en el formulario provisto por la
Junta, debidamente cumplimentado y juramentado ante notario.
b. Dos fotografías recientes, tamaño pasaporte, que
acrediten su identidad.
C. Certificado de antecedentes penales expedido por la
Policía de Puerto Rico, vigente a la fecha de solicitud.
d. Diploma original y/o certificación oficial de la
universidad O del colegio acreditado que otorgó el grado.
e. Una transcripción de créditos oficial que demuestre
haber aprobado y obtenido un grado de bachillerato, maestría o
doctorado en educación en salud, según sea el caso, de un colegio
O universidad acreditada. Dicha evidencia la deberá solicitar el
aspirante al colegio O universidad que otorgó el grado para que esa
institución universitaria la envíe directamente por correo a la
Junta.
f. Pago de los derechos que fija la Ley 112 del 20 de
diciembre de 1991 y la Ley 11 del 23 de junio de 1976 por exámenes
y licencia mediante cheque certificado, giro bancario O postal a
nombre del Secretario de Hacienda. Los derechos cobrados por la
Junta no serán devueltos bajo ningún concepto.
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La Junta cobrará los siguientes derechos:
1. por cada examen
$25.00
2. licencia provisional
$25.00
3. licencia permanente
$75.00
4. duplicado de licencia
$15.00
5. registro de licencia
$15.00
6. recertificación
$75.00
7. recertificación tardía
$85.00
8. duplicado de tarjeta de
certificación y registro
$5.00
g. Original y copia de su certificado de nacimiento.
h. En el caso de personas que no sean ciudadanos
americanos deberán mostrar evidencia de que poseen status de
residente legal permanente en los Estados Unidos de América.
3. La decisión de la Junta sobre la solicitud será notificada
al solicitante con las instrucciones en cuanto al examen, o si ha
sido denegada, con la explicación de la razón O razones por las
cuales no ha sido aceptada su solicitud.
4. Al ser aceptada la solicitud se enviará al solicitante un
programa de admisión al examen de reválida donde se indicará la
fecha, hora y el lugar donde deberá presentarse a tomar el examen.