Regl. 2287, art. 10-10.1 dup2
SEGURIDAD EN BL EMPLEO
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Cite as Reglamento Núm. 2287, Art. 10-10.1 dup2
Los empleados de carrera con status regular de la Junta de Planificación tendrán permanencia en sus puestos siempre que satisfagan
los criterios de productividad, eficiencia, orden y disciplina que deben prevalecer en el servicio público, conforme se dispone en la Sección
9.1 del Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito.