Regl. 5549, art. 21

Reglamento para la Administración del Fondo de Préstamos y Premios a la Organización Nacional FFA (Futuros Agricultores de América) Asoción de Puerto Rico.

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Cite as Reglamento Núm. 5549, Art. 21

Donativos $21.1 La Junta podrá recibir donativos de parte de empresas públicas y privadas que serán integrados al Fondo y estarán a la disposición de la Junta para cumplir todos los propósitos del Fondo. En casos de donativos recibidos para propósitos 13 específicos, estos donativos se pondrán a la disposición de la Junta inmediatamente para los propósitos antes determinados.
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