Regl. 2287, art. 10-10.6
MUERTE
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Cite as Reglamento Núm. 2287, Art. 10-10.6
La separación por muerte de cualouier empleado de la Junta de Planificación será efectiva a la fecha que indique el Certificade de Defunción. Sera responsabilidad de la División de Personal orienter debidamente a los herederos y/o beneficiarios sobre los derechos, deberes
y beneficios que les corresponden.