Regl. 5553, art. 2.4
Deducción por Donativos
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Cite as Reglamento Núm. 5553, Art. 2.4
Los donativos hechos a asociaciones y entidades de cáracter recreativo y cultural
establecidos y operados en Castañer serán deducibles en la planilla de contribución sobre
ingresos, sujeto a los límites establecidos en el Código. Para tener derecho a reclamar
esta deducción debe acompañar con la planilla evidencia de las aportaciones o donativos
efectuados.