Regl. 5554, art. 13
Regla General
Length: 32 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5554, Art. 13
Como regla general, la Compañía de Fomento Recreativo tiene el control
sobre la operación y mantenimiento de sus piscinas públicas, sujeto el mismo al
cumplimiento de las Normas Federales y Estatales aplicables.