Regl. 5554, art. 19

Multas

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Cite as Reglamento Núm. 5554, Art. 19

AI amparo de la Ley Núm. 170 (3 LPRA 2201), Sección 7.1, se podrá imponer multas administrativas hasta un máximo de cinco mil dólares ($5,000.00) por cada una de las violaciones de las disposiciones del presente Reglamento o cualquier orden a su amparo. El Director Ejecutivo de la Compañía o su representante autorizado, podrá procesar una querella e imponer penalidades luego de completados los procedimientos cuasijudiciales.
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