Regl. 5554, art. 7.32
Se prohibe la instalación de hamacas en lugares no apropiados para
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Cite as Reglamento Núm. 5554, Art. 7.32
ello, ni de forma que constituya un riesgo para la vida o propiedad;
disponiéndose, que el Administrador tendrá facultad para desautorizar
el uso de las mismas.