Regl. 5567, art. 1
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Cite as Reglamento Núm. 5567, Art. 1
Se adopta y promulga el presente Reglamento al amparo del
inciso (L) del artÃculo 9 de la Ley Núm. 10 del 26 de abril de
1994, conocida como "Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes
RaÃces y la Profesión de Corredor, Vendedor y Empresas de
Bienes RaÃces en Puerto Rico" y a tenor con la Ley Núm. 170
del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley
de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico".