Regl. 5567, art. 17-1
A partir de la fecha en que el examinado es
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notificado de que aprobó el examen, tendrá un término de
REGLAMENTO PARA IMPLANTAR LA LEY NUM. 10
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noventa (90) dÃas para radicar y someter a la Junta todos los
documentos requeridos por la Ley O por este Reglamento y
cumplir con todos los requisitos posteriores al examen que
sean necesarios para completar el proceso de otorgamiento de
la licencia