Regl. 5567, art. 4-22

PROPIETARIO

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Cite as Reglamento Núm. 5567, Art. 4-22

La persona dueña de un bien inmueble localizado en O fuera de Puerto Rico que solicite los servicios de un "corredor, Vendedor O Empresa de Bienes Raíces", para llevar a cabo una transacción de bienes raíces relacionada con dicho inmueble.
Regl. 5567, art. 4-22: PROPIETARIO | Justis AI