Regl. 5567, art. 8-3
Responsabilidad de las Empresas de Bienes Raíces.
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Cite as Reglamento Núm. 5567, Art. 8-3
Toda sociedad O corporación que sea tenedora de una licencia
de Empresa de Bienes Raices deberá:
a) Mantener su licencia vigente
b) Mantener su fianza vigente
c) Exhibir su licencia al público en el lugar O lugares
de trabajo.
d) Cumplir con las leyes y reglamentos vigentes aplicables a
su negocio de bienes raíces.
e) Mantener y utilizar una cuenta de depósito especial O de
Plica en una institución financiera establecida en Puerto
Rico. Esta se mantendrá totalmente separada de la cuenta
operacional del negocio.
f) Depositar en una Cuenta Especial todos los prontos pagos,
depósitos de buena fe u otros depósitos en fideicomiso que
reciba la Empresa O sus Corredores y Vendedores de parte de
cualquier cliente O entidad hasta que se realice O termine la
transacción de Bienes Raíces para la cual fueron depositados.
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g) Dar cuenta a las partes en la transacción de Bienes Raíces
de los depósitos recibidos al momento de ésta realizarse O
terminarse.
h) Informar y mantener informada a la Junta y al DACO del
nombre de la institución financiera y el número de la Cuenta
Especial que utilizará en sus gestiones como Empresa de Bienes
Raíces.
i) Mantener al día un récord claro de todos los fondos
depositados en su Cuenta Especial indicando: de quien se
recibió el depósito, la fecha de recibo del depósito, la fecha
del depósito, objeto del depósito, a quien pertenece, la fecha
de cualquier retiro, su propósito y uso y la persona que
recibió el monto del retiro. Estos récords estarán sujeto a
la inspección por la Junta y por el DACO.
j) Mantener informada a la Junta de los Corredores y
Vendedores de Bienes Raíces que tiene empleados O bajo
contrato y si ha terminado el empleo O contrato, fecha y razón
de la terminación.
k) Mantener informada a la Junta del nombre, dirección,
número de licencia y de teléfono de todos los Corredores y
Vendedores de Bienes Raíces que han autorizado a utilizar su
Cuenta especial.
1) No incurrir O inducir a otra persona a incurrir, en
cualesquiera de los actos O prácticas prescritas por la Ley O
por este Reglamento.
m) Cuando liste una propiedad como objeto de un contrato de
corretaje y la transacción de Bienes Raíces se lleve a cabo en
"cobroke" con otro Corredor O Empresa de Bienes Raíces él será
la persona responsable de todos los trámites relacionados con
el corretaje.
n) La persona con licencia de Empresa de Bienes Raíces no
será responsable por los defectos O vicios de construcción de
la propiedad objeto del contrato de corretaje.
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o) Además de la responsabilidad individual por sus acciones u
omisiones profesionales que cada una de las personas tienen
como tenedores de licencias de Corredor o Vendedores de Bienes
Raíces, la Empresa licenciada responderá por las gestiones que
realice, todas aquellas personas que ésta emplee o contrate.