Regl. 5567, art. 8-3

Responsabilidad de las Empresas de Bienes Raíces.

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Cite as Reglamento Núm. 5567, Art. 8-3

Toda sociedad O corporación que sea tenedora de una licencia de Empresa de Bienes Raices deberá: a) Mantener su licencia vigente b) Mantener su fianza vigente c) Exhibir su licencia al público en el lugar O lugares de trabajo. d) Cumplir con las leyes y reglamentos vigentes aplicables a su negocio de bienes raíces. e) Mantener y utilizar una cuenta de depósito especial O de Plica en una institución financiera establecida en Puerto Rico. Esta se mantendrá totalmente separada de la cuenta operacional del negocio. f) Depositar en una Cuenta Especial todos los prontos pagos, depósitos de buena fe u otros depósitos en fideicomiso que reciba la Empresa O sus Corredores y Vendedores de parte de cualquier cliente O entidad hasta que se realice O termine la transacción de Bienes Raíces para la cual fueron depositados. REGLAMENTO PARA IMPLANTAR LA LEY NUM. 10 PAGINA 20 g) Dar cuenta a las partes en la transacción de Bienes Raíces de los depósitos recibidos al momento de ésta realizarse O terminarse. h) Informar y mantener informada a la Junta y al DACO del nombre de la institución financiera y el número de la Cuenta Especial que utilizará en sus gestiones como Empresa de Bienes Raíces. i) Mantener al día un récord claro de todos los fondos depositados en su Cuenta Especial indicando: de quien se recibió el depósito, la fecha de recibo del depósito, la fecha del depósito, objeto del depósito, a quien pertenece, la fecha de cualquier retiro, su propósito y uso y la persona que recibió el monto del retiro. Estos récords estarán sujeto a la inspección por la Junta y por el DACO. j) Mantener informada a la Junta de los Corredores y Vendedores de Bienes Raíces que tiene empleados O bajo contrato y si ha terminado el empleo O contrato, fecha y razón de la terminación. k) Mantener informada a la Junta del nombre, dirección, número de licencia y de teléfono de todos los Corredores y Vendedores de Bienes Raíces que han autorizado a utilizar su Cuenta especial. 1) No incurrir O inducir a otra persona a incurrir, en cualesquiera de los actos O prácticas prescritas por la Ley O por este Reglamento. m) Cuando liste una propiedad como objeto de un contrato de corretaje y la transacción de Bienes Raíces se lleve a cabo en "cobroke" con otro Corredor O Empresa de Bienes Raíces él será la persona responsable de todos los trámites relacionados con el corretaje. n) La persona con licencia de Empresa de Bienes Raíces no será responsable por los defectos O vicios de construcción de la propiedad objeto del contrato de corretaje. REGLAMENTO PARA IMPLANTAR LA LEY NUM. 10 PAGINA 21 o) Además de la responsabilidad individual por sus acciones u omisiones profesionales que cada una de las personas tienen como tenedores de licencias de Corredor o Vendedores de Bienes Raíces, la Empresa licenciada responderá por las gestiones que realice, todas aquellas personas que ésta emplee o contrate.
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