Regl. 2287, art. 11-1 dup2

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BECAS La Junta de Planificación detectará las necesidades particulares, de acuerdo a sus áreas programáticas que deban satisfacerse mediante la creación de becas. Para atender estas necesidades deberá consignar anualmente los fondos necesarios en su presupuesto funcional. E1 programa de becas a implementarse estará sujeto a las disposiciones establecidas en la Seccion 10.4 del Reglamento de Personal: Areas Exensiales al Principio de Mérito.
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