Regl. 1235, art. 1

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 1235, Art. 1

El SECRETARIO de Obras Públicas bajo la autoridad que le confiere el Artículo 15 de la Ley 132 aprobada el 25 de junio de 1968, adopta el presente para reglamentar el procedimiento para'el otorgamiento de permisos para la extracción de arena, grava, piedra, sílice, calcita, arcilla, O cualquier otro componente similar de la corteza terrestre para uso comercial de terrenos públicos O privados y que no esté reglamentado como mineral económico, dentro de los límites geográficos de Puerto Rico, a los fines de llevar a cabo los propósitos de la referida Ley.
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