Regl. 1235, art. 1
BASE LEGAL
Cite as Reglamento Núm. 1235, Art. 1
El SECRETARIO de Obras Públicas bajo la autoridad que
le confiere el Artículo 15 de la Ley 132 aprobada el 25 de
junio de 1968, adopta el presente para reglamentar el procedimiento para'el otorgamiento de permisos para la extracción de arena, grava, piedra, sílice, calcita, arcilla, O
cualquier otro componente similar de la corteza terrestre
para uso comercial de terrenos públicos O privados y que
no esté reglamentado como mineral económico, dentro de los
límites geográficos de Puerto Rico, a los fines de llevar
a cabo los propósitos de la referida Ley.