Regl. 5571, art. 4-7

Reglamento de ética de la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces.

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Cite as Reglamento Núm. 5571, Art. 4-7

No discriminar por razones de sexo, color, raza, religión, incapacidad, nacionalidad y edad al ofrecer sus servicios profesionales. REGLAMENTO DE ETICA PAGINA 3
Regl. 5571, art. 4-7: Reglamento de ética de la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces. | Justis AI