Regl. 557, art. 2
La autorización deberá ser hecha por escrito por
Cite as Reglamento Núm. 557, Art. 2
el trabajador interesado, debiendo la autorización contener los siguientes datos:
a) Nombre del patrono y dirección de su establecimiento.
b) Autorización al patrono para que deduzca determinada
suma de dinero, especificándose la misma, de los salarios que habrá de percibir en cada dÃa de pago con
posterioridad a la fecha de la autorización.
c) Autorización al patrono para que cuando las deducciones
alcancen a determinada cantidad la misma sea invertida
en la compra de bonos de ahorro de determinada denominación, a ser expedida a favor del trabajador autorizante o de la persona que éste designe.
d) Especificación de la nómina de pago de la cual se le
hará la primera deducción.
e) Expresión del perÃodo durante el cual estará en vigor
la autorización que podrá ser:
-2-
1) Hasta que sea revocada por escrito por el
trabajador autorizante;
2) Durante un perÃodo de tiempo determinado; o
3) Hasta el cese del trabajador en su empleo.
f) E1 nombre, firma y dirección del trabajador autorizante
y fecha de la solicitud, debiendo el nombre del trabajador aparecer tal como figura en la nómina de pago.
g) Si el trabajador designa a otra persona a favor de la
cual deberán expedirse los bonos, la dirección residencial y postal de dicha persona.