Regl. 557, art. 8
- Los escritos de autorización, récords, cuentas
Cite as Reglamento Núm. 557, Art. 8
y cualesquiera otra constancias o documentos relacionados con
estas deducciones y su inversión en bonos y la entrega de éstos a
los trabajadores, serán conservados por los patronos en sitio seguro y accesible y estarán sujetos a inspección en cualquier
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momento por cualquier agente o representante del Secretario del
Trabajo, debidamente autorizado.