Regl. 5610, art. 11 dup2

Vigencia

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Cite as Reglamento Núm. 5610, Art. 11 dup2

Este reglamento entrará en vigor a partir del treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico, de acuerdo con las disposiciones de la Ley número 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Amparado en la facultad que nos confiere la ley que crea la Corporación de las Artes Musicales, la Junta de Directores de la mencionada corporación aprueba el presente reglamento, hoy 26 de marzo de 1996. Frank W. Fournier, Presidente Jaime Pieras, Jr., Secretario Junta de Directores Junta de Directores Corporación de las Artes Musicales Corporación de las Artes Musicales CORPORACIÓN DE LAS ARTES MUSICALES CERTIFICACIÓN Yo, Jaime Pieras, Jr., Secretario de la Junta de Directores de la Corporación de las Artes Musicales, CERTIFICO que en la reunión ordinaria de la Junta de Directores de esta Corporación, celebrada el 26 de marzo de 1996, se tomó la siguiente Resolución: "RESUÉLVASE, como por la presente se resuelve, aprobar el Reglamento de Compras. Se resuelve, además, que dicho Reglamento sea radicado con el Departamento de Estado de Puerto Rico". En San Juan, Puerto Rico, hoy 4 de Fe bRERO de 1997. DE LAS ARTES AR FORM TES Ley Núm. 4 JAIME PIERAS, JRde Julio 1985 Secretario a Estado Libre Asociado MUSICALES nw Junta de Directores Puerto Rico
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