Regl. 5610, art. 4
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 5610, Art. 4
Para propósitos de este reglamento, los siguientes términos tendrán los significados
que se expresan a continuación:
a.
Oficina: Corporación de las Artes Musicales
b.
Corporaciones: Las corporaciones subsidiarias de la CAM: Corporación de
la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico (COSPR), Corporación de las Artes
Escénico-Musicales (CAEM) y Conservatorio de Música de Puerto Rico
(CMPR).
c.
Compra: Materiales, equipo 0 servicios no profesionales que se desean
adquirir en una sola transacción por tener un mismo propósito, suplidores
comunes o que así convenga al interés público.
d.
Subasta formal: Procedimiento de compra en el que se requiere el envío o
la entrega a los posibles licitadores de invitaciones a subastas, escritas, con los
detalles de los términos y condiciones de la transacción a realizarse, con
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indicación del día y la hora en que vence el período para recibir ofertas. En
dicho procedimiento también se requiere el envío de las ofertas en sobres
sellados y la apertura y lectura de las ofertas recibidas en el día y la hora
previamente indicadas, ante los licitadores presentes. Comprende toda
compra cuyo monto exceda la cantidad de $20,000.
e.
Subasta informal: Procedimiento de compras en el que se requiere solicitud
de precios en mercado abierto. Comprende toda compra cuyo monto no
exceda $20,000.
f.
Oficial de Compras: Empleado de la oficina facultado para efectuar compras.
g.
Emergencia: Necesidades inesperadas e imprevistas causadas por calamidades
fuera del alcance humano, en las que se requiere acción inmediata. Ello por
alguna de las siguientes razones: (1) estar en peligro la vida o la salud de una
o más personas, (2) estar en peligro de dañarse o perderse la propiedad
pública, (3) estar en peligro de suspenderse o afectarse adversamente el
funcionamiento de la oficina, (4) estar en peligro de suspenderse o afectarse
adversamente alguna actividad a presentarse al público de las corporaciones.
También se entenderá por emergencia, aquella situación en donde, sin mediar
negligencia, olvido o dilación administrativa, la vigencia de los fondos pueda
caducar. Además, que toda oportunidad para adquirir los suministros o
servicios deseados pueda perderse, afectando adversamente al buen
funcionamiento de las corporaciones. Necesidades inmediatas surgidas como
consecuencia de dilación u olvido administrativo, no se considerarán de
emergencia.
h.
Especificaciones: Conjunto de las características primordiales de equipo,
servicios no profesionales señalados como referencia para cada partida de una
subasta; así como, las características físicas, funcionales, estéticas y de calidad
con que se describe el tipo de suministros que se requiere.
i.
Fianza de ejecución: La garantía que se le requiere a un licitador para
garantizar el cumplimiento del contrato.
j.
Compra por licitación verbal: Compra en que el importe total no exceda de
$4,000. Se tramita por visita personal o mediante llamada telefónica.
k.
Compra por licitación escrita: Compra en que el importe total puede fluctuar
entre $4,000.01 y $10,000. En estos casos se requiere que todas las ofertas de
postores recibidas sean en original y por escrito.
1.
Compra por subasta formal: Compra en exceso de $10,000, cuya adjudicación
a determinado postor la aprueba la Junta de Subastas.
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m.
Equipo: Todos los bienes que tienen vida útil de por lo menos dos años y
que pueden usarse repetidamente, sin cambiar de naturaleza o consumirse.
Tiene un costo de unidad que excede de $50.
n.
Materiales: Conjunto de herramientas u objetos necesarios para el
desempeño de un servicio o para la realización de una obra. Su vida útil
generalmente no excede dos años, y al usarse puede cambiar de naturaleza o
consumirse. El costo de unidad generalmente no excede $50.
0.
Artículos: Cualquier mercancía adquirida o que se desea adquirir.
p.
Servicios no profesionales: Aquellos servicios que son prestados por personas
que no tienen conocimientos o habilidades especializadas, o que no es
necesaria la intervención directa de una persona natural o jurídica para su
realización.
q.
Subsidiarias: COSPR, CAEM Y CMPR
r.
Director(a) Ejecutivo(a) Director(a) Ejecutivo(a) de la Corporación de las
Artes Musicales.
S.
Junta: La Junta de Subastas de la CAM nombrada por el(la) Director(a)
Ejecutivo(a) para efectuar subastas y que actúa como organismo
administrativo de estudio, evaluación y adjudicación de subastas y cuyas
funciones se rigen por este reglamento.
t.
Presidente: La persona designada pra presidir la Junta de Subastas de la
CAM.
u.
Secretario: La persona designada para llevar a cabo las funciones y deberes
del secretario de la Junta de Subastas de la CAM.
V.
Oficina: Oficina de Compras de la CAM.
W.
Compra: Medio que utiliza la CAM para adquirir materiales, equipo o
servicios no profesionales.
X.
Aviso de Cambio: Cualquier enmienda posterior al envío de una orden de
adquisición, servicio o de comienzo de una obra o proyecto.
y.
Condiciones: Las condiciones de una compra son los términos bajo los cuales
se interesa se entregue el bien, se ejecute la obra o se preste el servicio.
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z.
Especificaciones: Las especificaciones de una subasta son el conjunto de
características físicas, funcionales, estéticas y de calidad de cada uno de los
productos, materiales, equipo, obra 0 servicios que se solicitan y que estarán
contenidas en el pliego de subasta.
aa.
Día: Día laborable.
bb.
Pliegos de Subasta: Es el documento que se entregará a los licitadores
interesados en participar de una subasta el cual contendrá las instrucciones,
las especificaciones y las condiciones requeridas.