Regl. 5614, art. IX

AJUSTE

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Cite as Reglamento Núm. 5614, Art. IX

El equipo interdisciplinario evaluará sistematicamente el ajuste del cliente al proceso terapéutico, a la luz de los objetivos especificados en su Plan Individualizado de Tratamiento. De entender que a pesar de las intervenciones terapéuticas efectuadas el cliente no se ajusta al escenario, someterá las recomendaciones especificadas para su re-ubicación.
Regl. 5614, art. IX: AJUSTE | Justis AI