Regl. 5614, art. IX
AJUSTE
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Cite as Reglamento Núm. 5614, Art. IX
El equipo interdisciplinario evaluará sistematicamente el ajuste del
cliente al proceso terapéutico, a la luz de los objetivos especificados en
su Plan Individualizado de Tratamiento.
De entender que a pesar de las intervenciones terapéuticas efectuadas
el cliente no se ajusta al escenario, someterá las recomendaciones
especificadas para su re-ubicación.