Regl. 5614, art. VI

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 5614, Art. VI

Las palabras y frases utilizadas en este Reglamento se interpretarán según el contexto y el significado adscrito por el uso común y corriente de las mismas. Las voces usadas en este Reglamento en el tiempo presente incluyen el femenino y neutro, excepto en los casos en que la interpretación resultare inconsistente o incoherente; el número singular incluye el plural y el plural incluye el singular. Administración o ASSMCA =La Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción. Area de... =Unidad organizacional jerárquica de ASSMCA equivalente a una Secretaría Auxiliar de un Departamento. Cernimiento Inicial =Proceso utilizado para identificar en la clientela activa de ASSMCA la presencia de algún impedimento o retraso en su desarrollo, que requieren servicios especializados para su condición de salud mental o adicción a sustancias. Clientela =Niños, (4 años en adelante), jóvenes y adultos hasta los 21 años de edad inclusive, con impedimentos, que requieren servicios especializados de salud mental o contra la adicción por su condición de impedido. 3 Comité Coordinador (Ley Núm. 51-ASSMCA) =Comité Intragencial de ASSMCA, compuesto por los cinco (5) directores de Areas de Servicios y presidido por el Director de Area de Servicios de Salud Mental. Departamento =Departamento de Educación del Estado Libre Asociado, incluyendo al Instituto de Reforma Educativa. Impedimento =Cualquier condición física, mental o emocional que límite o interfiera con el desarrollo o la capacidad de aprendizaje de la persona.
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