Regl. 5614, art. VII-3
Elegibilidad
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Cite as Reglamento Núm. 5614, Art. VII-3
A-Toda persona cuyos resultados evaluativos diagnostiquen una
condición de salud mental o adicción a sustancias, se le proveerán
los servicios requeridos de acuerdo a los criterios de elegibilidad
establecidos para los mismos.
B-Los servicios requeridos se ofrecerán a niños de 4 años en adelante,
jóvenes y adultos hasta los 21 años, que se le haya diagnosticado
una condición de salud mental y/o adicción a sustancias.