Regl. 5614, art. VII-6

Re-Evaluación

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Cite as Reglamento Núm. 5614, Art. VII-6

El Plan Individualizado de Tratamiento del cliente de la Ley Núm. 51, supra, y el progreso del cliente en el mismo, será evaluado sistemática y formalmente una vez al mes. 5
Regl. 5614, art. VII-6: Re-Evaluación | Justis AI