Regl. 5614, art. XII-2

Del Director del Area de Servicios de Salud Mental

Length: 275 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5614, Art. XII-2

(1) Presidir el Comité Coordinador de la Ley Núm. 51, supra, de ASSMCA. (2) Producir, en colaboración con los Directores de Area, (de 9 Prevención, de Servicios de Tratamiento de Adicción a Sustancias, de Servicios Administrativos y Gerenciales), el Plan de Acción Global de la Ley Núm. 51, supra, de ASSMCA. (3) En coordinación con el Director de Area de Servicios Administrativos y Gerenciales preparar el impacto presupuestario de los servicios especializados a brindarse a la clientela de la Ley Núm. 51, supra. (4) En colaboración con la directora de la Oficina de Asesoramiento Legal de ASSMCA producir y mantener actualizados los procedimientos para ventilar querellas de acuerdo a lo establecido en la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988. (5) Recomendar convenios interagenciales con las correspondientes regiones educativas, o agencias participantes de la Ley Núm. 51, supra, para la coordinación y provisión de servicios de evaluación, diagnóstico y tratamiento en el área de salud mental para la clientela de la ley Núm. 51, supra. (6) Mantener un Registro Central de casos referidos por la Ley Núm. 51, supra, a quienes se le dió servicios en el Area de Salud Mental. (7) Desarrollar, implantar y mantener actualizado las estrategias y servicios en el área de salud mental para menores que no pueden recibir los mismos a nivel ambulatorio. (8) Con la participación de los Directores de Area, preparar el Plan de Adiestramiento para el personal a tono con las necesidades identificadas. (9) Representar a la Administación, (ASSMCA), en el Comité Consultivo de la Ley Núm. 51, supra, de la Secretaría Auxiliar de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos, del Departamento de Educación.
Regl. 5614, art. XII-2: Del Director del Area de Servicios de Salud Mental | Justis AI