Regl. 5616, art. 3
Enmienda el Reglamento 3417 que rige el confinamiento de animales realengos a retener bajo cuarentena. Anula el regls. 2993, 3007, 3231. No inluido índice por Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 5616, Art. 3
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San Juan, Puerto Rico
5616
ENMIENDA
PARA ENMENDAR LOS INCISOS B(1), B(2), B(3) Y AÑADIR
LOS INCISOS B(4) Y B(5) AL ARTICULO IV DEL REGLAMENTO
PARA REGIR EL CONFINAMIENTO DE ANIMALES REALENGOS A
RETENER BAJO CUARENTENA POR EL DEPARTAMENTO DE
AGRICULTURA, SEGUN APROBADO Y ENMENDADO EL 24 DE FEBRERO
DE 1987, Y PARA DEROGAR LAS NORMAS PROMULGADAS SOBRE EL
MISMO PARTICULAR, APROBADAS EL 20 DE MAYO DE 1983, SEGUN
ENMENDADAS
Introducción
Las estadisticas pertinentes a los problemas del ganado
realengo en Puerto Rico muestran que la situación se ha
agudizado en los pasados años. Asi, por ejemplo, sólo en el
pueblo de Humacao la Policia de Puerto Rico ha registrado 137
accidentes de auto causados por ganado realengo en esa
jurisdicción; uno de ellos, fatales. La situación es parecida
en varios pueblos. Aparte de representar un peligro para la
seguridad del tránsito en la carretera, dicho ganado damnifica
un sinnúmero de propiedades privadas; daños cuya gran mayoría
repercuten seriamente en la agricultura local. Especificamente,
estos animales destruyen fincas de caña, plátanos y otras
siembras. Más serio aún, estas reses contaminan a otros
animales con plagas y enfermedades trasmisibles, constituyendo a
su vez un grave peligro para la salud de la comunidad isleña.
Igualmente, la negligencia en los cuidados que deben proveerse a
estos animales, constituye un maltrato que no debe ser tolerado.
Finalmente, es el caudal de los contribuyentes el que se ve
afectado al tener que invertir recursos humanos y económicos de
nuestro Gobierno en el control de dicha situación y la
mitigación e indemnización de daños causados.
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Aparte que el actual Reglamento de Confinamiento de
Animales Realengos no da abasto para contener la proliferación
de este problema, las multas en el dispuestas no son efectivas
al no atemperarse a la realidad económica de nuestro pais. En
consecuencia, no parecen impactar a los dueños de estos animales
sobre la gravedad de su conducta. Demostrativo de ello es el
hecho de que en la mayoria de las ocurrencias con ganado
realengo están involucrados los mismos dueños vez tras vez.
Entendiendo, pues, la necesidad de agravar las medidas
punitivas aplicables e incluir articulados pertinentes a la
reincidencia por estas violaciones, se propone la enmienda al
Reglamento actual, de modo que la ley permita la implementación
de los propósitos que dieron lugar a su creación y se ponga fin
a los males aqui expuestos.
Decrétase por el Secretario de Agricultura: