Regl. 5619, art. 1101-1143(a)-1

podrá excluir del monto del pago sujeto a retención la porción del pago

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Cite as Reglamento Núm. 5619, Art. 1101-1143(a)-1

que no represente compensación por servicios prestados, según se enumera a continuación, si cumple con el requisito dispuesto en el párrafo (b) de este Artículo. No estará sujeto a la retención dispuesta en el Artículo 1143(a)-1 el costo realmente incurrido por el proveedor de servicios por concepto de: (1) gastos de viaje, alojamiento y comidas; (2) maquinaria, equipos y piezas, que se suministraron como parte del costo del contrato por la persona que prestó los servicios según requerido por dicho contrato. Esto no incluye maquinaria, equipos y piezas usados por el proveedor del servicio si el título de dichas maquinarias, equipos y piezas no se transfiere como parte del contrato a la persona que realiza el pago; (3) sellos y comprobantes de rentas internas; y (4) cargos por financiamiento. (b) Requisito.- Para tener derecho a la exención de la retención dispuesta en 11 el párrafo (a), el proveedor de los servicios deberá presentar separadamente en la factura las partidas descritas en el párrafo (a) de este Artículo para que la persona que realiza el pago pueda excluir de la retención el monto aplicable. La información adicional que sea requerida por el párrafo (a) podrá ser incluida como anejo a la factura.
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