Regl. 5619, art. 1101-1143(h)-1
- Estado de reconciliación anual.- Toda persona que venga
Length: 65 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5619, Art. 1101-1143(h)-1
obligada a efectuar la deducción y retención dispuesta en el Artículo 1143(a)-1 y a rendir
una planilla por las cantidades deducidas y retenidas según se establece en el Artículo
1143(d)-1 deberá someter, no más tarde del 28 de febrero del año siguiente un estado de
reconciliación anual en el que consten las cantidades retenidas con respecto a los pagos
por servicios efectuados durante el año.