Regl. 5620, art. 1112(g)-3
- Permutas únicamente de acciones o valores, o de propiedad
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Cite as Reglamento Núm. 5620, Art. 1112(g)-3
únicamente a cambio de acciones o valores, conforme al plan de reorganización.- No se
reconoce ganancia ni pérdida, si los accionistas de una corporación que sea parte en las
siguientes transacciones de reorganización, permutan acciones o valores únicamente por
acciones o valores de la misma corporación, o de otra de las corporaciones que se
mencionan o si una de dichas corporaciones transfiere propiedad a otra de las
corporaciones únicamente a cambio de acciones 0 valores de dicha otra corporación,
conforme al plan de reorganización:
(a) la fusión de la corporación "A", a tenor con autoridad estatutaria, en la
corporación "B";
(b) la consolidación, conforme a autoridad estatutaria, de las corporaciones "C"
y "D" en la corporación "E", una corporación nueva;
(c) la adquisición por la corporación "F", a cambio únicamente de la totalidad o
parte de sus acciones votantes, de por lo menos 80 por ciento de las acciones votantes
y de por lo menos 80 por ciento del número total de acciones de todas las demás clases
de acciones de la corporación "G";
(d) la adquisición por la corporación "H", a cambio únicamente de la totalidad
o parte de sus acciones votantes (sin considerar cualquier asunción de obligaciones,
según lo prescribe el Artículo 1112(g)-2), de substancialmente la totalidad de las
propiedades de la corporación "I";
(e) la transferencia por la corporación "J" de la totalidad o de parte de su activo
a la corporación "K", si inmediatamente después de la transferencia, la corporación "J" o
sus accionistas, 0 ambos, tienen el control de la corporación "K" ("control", para los fines
de esta transacción, se define en la Sección 1112(h) del Código como la posesión por la
corporación "J" o sus accionistas, o ambos, de las acciones de la corporación "K" hasta
por lo menos 80 por ciento del poder total combinado de voto de todas las clases de
acciones con derecho al voto y por lo menos 80 por ciento del número total de todas las
demás clases de acciones); o
(f) la permuta de acciones o valores únicamente por acciones 0 valores de la
misma corporación en el caso de (1) una nueva capitalización de una corporación, o (2)
un mero cambio en la identidad, forma o lugar de organización de una corporación como
quiera que se efectúe.