Regl. 5620, art. 1112(m)-1 dup2
Implanta las disposiciones de Sec. 1112 del Código de Rentas Internas.
Length: 720 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5620, Art. 1112(m)-1 dup2
Ejemplo 1: Un contribuyente decide vender su residencia principal, la cual tenía
una base ajustada de $45,000. Para que la propiedad luciera más atractiva a los
compradores, en septiembre de 1996 mandó a pintarla por fuera, incluyendo las rejas, a
un costo de $1,000. Pagó el trabajo de la pintura tan pronto estuvo terminado. En octubre
de 1996 vende dicha residencia en $80,000. Pagó $6,000 en comisiones y otros gastos
de venta. Dos meses más tarde compra otra nueva residencia localizada en Puerto Rico
a un costo de $65,000. El monto realizado, la ganancia realizada, el precio de venta
ajustado, la ganancia reconocida, la ganancia no reconocida y la base ajustada de la
nueva residencia se determinan como sigue:
Precio de venta de la vieja residencia
$80,000
Menos comisiones y otros gastos de venta de la vieja residencia
(6,000)
Monto realizado
$74,000
Menos base ajustada de la vieja residencia
(45,000)
Ganancia realizada en la venta
$29,000
Monto realizado
$74,000
Menos gastos de reacondicionamiento de la vieja residencia
(1,000)
Precio de venta ajustado
$73,000
Menos costo o precio de compra de la nueva residencia
(65,000)
Ganancia a ser reconocida
$8,000
Ganancia realizada en la venta
$29,000
Menos ganancia a ser reconocida
(8,000)
Ganancia realizada, pero no reconocida
$21,000
Costo o precio de compra de la nueva residencia
$65,000
Menos ganancia no reconocida
(21,000)
Base ajustada de la nueva residencia (véase párrafo (d))
$44,000
Ejemplo 2: Se asumen los mismos hechos del ejemplo 1, excepto que la base
ajustada de la vieja residencia es de $74,000 y que el contribuyente compró una nueva
residencia en $75,000. A base de estos hechos los cómputos serán como siguen:
Precio de venta de la vieja residencia
$80,000
Menos comisiones y otros gastos de venta de la vieja residencia
(6,000)
Monto realizado
$74,000
Menos base ajustada de la vieja residencia
(74,000)
Ganancia realizada en la venta
$0
Toda vez que no hubo ganancia realizada en la venta, la Sección 1112(m) del
Código no aplica. Por lo tanto, no es necesario computar el precio de venta ajustado de
la vieja residencia y compararlo con el costo de compra de la nueva residencia. No
procede ajuste alguno a la base de la nueva residencia.
Ejemplo 3: Un contribuyente vende su residencia que tenía una base ajustada de
$55,000 en $70,000. Gastó $5,000 en comisiones y otros gastos de venta y $500 en
pintar la casa por fuera. Un mes más tarde compra otra residencia en $52,000. A base
de los hechos anteriores los cómputos son como sigue:
Precio de venta de la vieja residencia
$70,000
Menos comisiones y otros gastos
(5,000)
Monto realizado
$65,000
Menos base ajustada de la vieja residencia
(55,000)
Ganancia realizada en la venta
$10,000
Monto realizado
$65,000
Menos gastos de reacondicionamiento de la vieja residencia
(500)
Precio de venta ajustado de la vieja residencia
$64,500
Menos costo de la nueva residencia
(52,000)
Cantidad no reinvertida
$12,500
Ganancia reconocida (igual a la ganancia realizada)
$10,000
Toda vez que el precio de venta ajustado de la vieja residencia excede el costo o
precio de compra de la nueva residencia por $12,500, que es más que la ganancia
realizada en la venta, el total de la ganancia realizada deberá ser reconocida. En este
caso no procede ajuste alguno a la base de la nueva residencia. La ganancia realizada
pero no reconocida será cero.
Ejemplo 4: Se asumen los mismos hechos del ejemplo 3, excepto que el costo de
la nueva residencia es de $68,000. A base de estos hechos los cómputos son como
sigue:
Precio de venta de la vieja residencia
$70,000
Menos comisiones y otros gastos de venta
(5,000)
Monto realizado
$65,000
Menos base ajustada de la vieja residencia
(55,000)
Ganancia realizada en la venta
$10,000
Monto realizado
$65,000
Menos gastos de reacondicionamiento de la vieja residencia
(500)
Precio de venta ajustado de la vieja residencia
$64,500
Menos costo de la nueva residencia
(68,000)
Ganancia reconocida
$0
Toda vez que el costo de compra de la nueva residencia excede el precio de venta
ajustado de la vieja residencia no se reconocerá ganancia. La base ajustada de la vieja
residencia se determinará como sigue:
Ganancia realizada
$10,000
Menos ganancia reconocida
0
Ganancia realizada pero no reconocida
$10,000
Costo de la nueva residencia
$68,000
Menos ganancia realizada pero no reconocida
(10,000)
Base ajustada de la nueva residencia
$58,000