Regl. 5622, art. 1121(i)-1393(b)-2

- Accionista sujeto a la contribución impuesta por la Sección

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Cite as Reglamento Núm. 5622, Art. 1121(i)-1393(b)-2

1221(a) del Código.- (a) En general.- Para propósitos de determinar la contribución impuesta por la Sección 1221(a) del Código sobre la participación distribuible de un accionista extranjero no residente de Puerto Rico, la participación distribuible del accionista en el ingreso neto de la corporación de individuos será el monto total de las partidas (1) a la (5), (8) y (9) del Artículo 1393(b)-1. (b) Los siguientes ejemplos ilustran los principios de este Artículo: Ejemplo 1: Determinación de la participación distribuible; ingresos solamente. "A", un individuo extranjero no residente de Puerto Rico durante el año natural 1996, es accionista de la corporación "X". "A" tiene una participación distribuible en las siguientes partidas de ingresos de la corporación "X", las cuales fueron devengadas por dicha corporación durante su año contributivo natural: Ganancias en la venta de propiedades descritas en la Sección 1121(i) $100,000 Ganancia de activos de capital a largo plazo $50,000 Ingreso neto de operaciones $100,000 La participación distribuible de "A" sujeta a las contribuciones impuestas por la
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