Regl. 5622, art. 1221(a)-1393(g)-1
- Reglas especiales para pérdidas y deducciones.- (a) No
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Cite as Reglamento Núm. 5622, Art. 1221(a)-1393(g)-1
puede exceder la base del accionista en las acciones y la deuda. La cantidad total de
pérdidas y deducciones utilizadas por un accionista de acuerdo al Artículo 1393(a)-1 para
cualquier año contributivo no excederá de la suma de-
(1) la base ajustada de las acciones de un accionista en la corporación de
individuos (determinada sin considerar la Sección 1394(a)(1) del Código para el año
contributivo), y
(2) la base ajustada del accionista en cualquier deuda de la corporación de
individuos al accionista (determinada sin considerar cualquier ajuste de acuerdo con la