Regl. 5622, art. 1391(a)
del Código.
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(b) Efectividad de la revocación.- (1) En general.- Excepto según se dispone
en el párrafo (b)(2) de este Artículo, una revocación hecha durante un año contributivo y
no más tarde del día 15 del cuarto mes del año contributivo, es efectiva el primer día del
año contributivo, y una revocación hecha después del día 15 del cuarto mes del año
contributivo, es efectiva para el siguiente año contributivo. Si una corporación hace una
elección para ser considerada como una corporación de individuos la cual va a ser efectiva
comenzando en el próximo año contributivo y revoca su elección no más tarde del primer
día del próximo año contributivo, se considerará que la corporación revocó su elección el
primer día del próximo año contributivo.
(2) Revocaciones con fecha prospectiva.- Si una corporación establece una
fecha para la revocación de la elección y tal fecha es en términos de un día, mes y año
específico, que sea en y después de la fecha de radicación de la revocación, entonces la
revocación es efectiva en y después de la fecha indicada en dicha revocación.
(3) Efecto en el año contributivo de la corporación.- En el caso de que una
corporación revoque su elección de corporación de individuos efectivo el primer día del
primer año contributivo para el cual su elección va a ser efectiva, quedará sin efecto
cualquier declaración hecha con la elección relacionada con un cambio en el año
contributivo de la corporación.
(4) Rescisión de una revocación.- Una corporación puede rescindir una
revocación hecha bajo el párrafo (b) de este Artículo en cualquier momento antes de que
la revocación sea efectiva. Una rescisión puede ser hecha solamente con el
consentimiento de cada persona que consintió a la revocación y por cada persona que
advino accionista de la corporación dentro del período comenzado el primer día después
de la fecha en que se hizo la revocación y terminado en la fecha en que se hizo la
rescisión. Véase el Artículo 1391(g)-2 para las reglas relacionadas con la fecha y el modo
de rescindir una revocación.