Regl. 5622, art. 1394(a)(2)(B)-1394(b)(2)-1

- Ajustes a la base de la deuda al accionista.- (a) En

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Cite as Reglamento Núm. 5622, Art. 1394(a)(2)(B)-1394(b)(2)-1

general.- Este Artículo provee reglas relacionadas con los ajustes que requiere el Subcapítulo N del Subtítulo A del Código a la base de la deuda de una corporación de individuos a un accionista. Para propósitos de este Artículo, adelantos a un accionista no evidenciados por distintos documentos escritos y los repagos sobre los adelantos ("open account debt") son considerados como una deuda. La base de la deuda de la corporación de individuos a un accionista se reduce según lo provisto en el párrafo (b) de este Artículo y se restaura según lo provisto en el párrafo (c) de este Artículo. (b) Reducción en la base de la deuda. (1) Regla general.- Si después de hacer los ajustes requeridos por la Sección 1394(a)(1) del Código para cualquier año contributivo de la corporación de individuos, las cantidades especificadas en la Sección 1394(a)(2) del Código exceden la base de las acciones del accionista en la corporación, el exceso se utilizará para reducir (pero no a menos de cero) la base de cualquier deuda de la corporación de individuos al accionista poseída por el accionista al cierre del año contributivo de la corporación. Cualquiera de dichas deudas que haya sido satisfecha por la corporación, o eliminada 0 condonada por el accionista, durante el año contributivo, no se considera poseída por el accionista al cierre de dicho año y no está sujeta a reducción en la base. (2) Terminación del interés de un accionista en la corporación durante el año contributivo.- Si un accionista termina su interés en la corporación durante el año contributivo, las reglas de este párrafo (b) se aplican con relación a cualquier deuda de la corporación de individuos poseída por el accionista inmediatamente antes de la terminación del interés del accionista en la corporación. (3) Deudas múltiples.- Si un accionista posee más de una deuda al cierre del año contributivo de la corporación O, de ser aplicable, inmediatamente antes de la terminación del interés del accionista en la corporación, la reducción en la base se aplicará a cada deuda en la misma proporción que la base de cada deuda guarda con la suma total de todas las bases de las deudas al accionista. (c) Restauración de la base.- (1) Regla general.- Si para cualquier año contributivo de la corporación de individuos ha habido una reducción en la base de una deuda de la corporación de individuos al accionista bajo la Sección 1394(b)(2)(A) del Código, cualquier aumento neto en cualquier año contributivo subsiguiente de la corporación se aplicará para restaurar dicha reducción. Para propósitos de este Artículo, el aumento neto con relación a un accionista significa la cantidad por la cual la participación proporcional del accionista en las partidas descritas en la Sección 1394(a)(1) del Código exceden las partidas descritas en la Sección 1394(a)(2) del Código para el año contributivo. Estas reglas de restauración aplican solamente a la deuda poseida por el accionista al primer día del año contributivo en que surge el aumento neto. Se tiene que restaurar la base de la deuda antes de que se aplique el aumento neto para restaurar la base de las acciones del accionista en la corporación de individuos, pero bajo ninguna circunstancia se restaurará la base de la deuda del accionista sobre el balance pendiente de la deuda determinado al primer día del año contributivo en el cual surge el aumento neto. (2) Deudas múltiples.- Si un accionista posee más de una clase de deuda al primer día del año contributivo de la corporación, cualquier aumento neto se aplicará primero para restaurar la reducción en la base de cualquier deuda repagada (en su totalidad o en parte) en ese año contributivo en la medida necesaria para compensar cualquier ganancia que de otra forma se hubiera realizado en el repago. Cualquier aumento neto remanente se aplicará para restaurar cualquier deuda pendiente en proporción a la cantidad que la base de cada deuda pendiente ha sido reducida bajo la
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