Regl. 5629, art. 1 dup3

Localización y Registro

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Cite as Reglamento Núm. 5629, Art. 1 dup3

El Departamento de Educación es la agencia responsable de localizar y registrar a las personas con impedimentos de tres (3) a veintiun (21) años de edad, inclusive. Estos serán incluídos en el Registro Central Continuo. Además registrará aquellos infantes referidos por el Departamento de Salud, una vez la agencia líder haya determinado elegibilidad para servicios bajo la Parte H. Para llevar a cabo estas funciones, la agencia desarrollará a través de los diferentes niveles del sistema, actividades de divulgación y orientación que le permitan localizar a aquellos niños y jóvenes con impedimentos o posibles impedimentos que estén en o fuera de la escuela. La localización y registro es un proceso continuo que se llevará a cabo durante todo el año.
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