Regl. 5629, art. 3 dup2

Elegibilidad

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El Departamento determinará la necesidad de servicios educativos integrales para niños y jóvenes de tres (3) a veintiún (21) años inclusive, cuando mediante un proceso de evaluación se determine que la ejecución educativa del estudiante está adversamente afectada por alguna de las siguientes condiciones O diagnósticos: retardación mental, problemas de audición incluyendo sordera, problemas del habla o lenguaje, problemas de visión incluyendo ceguera, disturbios emocionales severos, problemas ortopédicos, autismo, sordo-ciegos, daño cerebral por trauma, otras condiciones de salud, problemas específicos de aprendizaje o impedimentos múltiples.
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