Regl. 5640, art. 1 dup2
Protección de los Procedimientos
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Cite as Reglamento Núm. 5640, Art. 1 dup2
El Departamento de Salud asegurará que los procedimientos utilizados para
evaluación sean:
A.
En el lenguaje vernáculo de los padres.
B.
Cultural y racialmente no discriminatorios.
C.
Administrados por personal calificado.
Se garantizará además la confidencialidad y consentimiento de los padres y
la notificación referente a citas y cambios en la prestación de servicios. Se
asegurará que un sólo procedimiento no sea el único criterio de evaluación.