Regl. 1053, art. III-4

E1 aspirante a una licencia que fracase en el correspondiente examen

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Cite as Reglamento Núm. 1053, Art. III-4

en dos ocasiones en un período de seis meses no será admitido a un nuevo examen dentro del período de cinco meses subsiguientes a la fecha del último examen en que hubiere fracasado. E1 aspirante que se someta a un nuevo examen pagará los derechos de examen, según se estipula en el Artículo 7.010 del Código, como si se tratase de un primer examen.
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