Regl. 5641, art. 5-2 dup3

CONVOCATORIA Y FECHA LIMITE PARA SOLICITAR

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Cite as Reglamento Núm. 5641, Art. 5-2 dup3

a. Se convocará a los exámenes mediante la publicación de un anuncio en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico. b. Todos los aspirantes que interesen tomar los exámenes de reválida deberán presentar sus solicitudes ante la Junta en o antes de la fecha límite que se indica en la convocatoria publicada. No se aceptarán solicitudes después de la fecha límite. Las personas que necesiten arreglos especiales para tomar el examen, deberán indicarlo por escrito al solicitar. 9
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