Regl. 2287, art. 7-7.9 dup2
EQUIVALENCIA DE LAS CLASES DE PUESTOS ENTRE EL PLAN DE
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Cite as Reglamento Núm. 2287, Art. 7-7.9 dup2
CLASIFICACION DE LA JUNTA DE PLANIFICACION, OTROS ADMI-
NISTRADORES INDIVIDUALES Y LA ADMINISTRACION CENTRAL
En cualquier caso de transferencia de un empleado que ocupa un
puesto, ya sea en otra agencia considerada como administrador individual, o de una agencia comprendida en la Administración Central, la
Junta de Planificación determinará la equivalencia entre las funciones
asignadas a los puestos a los fines de concluir si la transacción procede y determinar si constituye un ascenso, un traslado 0 un descenso.