Regl. 2307, art. 12-14
Casos Privados
Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 12-14
El Plan del Programa dispondrá que los servicios del mismo
estarán a la disposición de cualquier persona que los solicite
aunque ésta no cumpla con los requisitos generales de elegibilidad del Programa de Asistencia Económica. Dichos servicios
se ofrecerán en la forma y en las circunstancias que dispone
este Reglamento.